Con la tecnología de Blogger.
RSS

Entrevista Dr. Pablo Fajardo Mendoza.








Nació en el cantón El Carmen Provincia de Manabí, el día 8 de julio de 1972. En el año 1987 migró a residir en la Amazonía Ecuatoriana, Cantón Shushufindi Provincia de Sucumbíos donde habita hasta la actualidad. Sus estudios secundarios los realizó en el Colegio Nacional Técnico Shushufindi y sus estudios Superiores en la Universidad Técnica Particular de Loja, donde se graduó como abogado de los Tribunales de la República del Ecuador

Ha realizado cursos de Derechos Humanos y sobre gestión Ambiental en la Universidad Politécnica Salesiana de la Ciudad de Quito y una maestría sobre Derecho Ambiental Internacional en el Instituto de Ciencias Internacionales de la Universidad Central del Ecuador.

Desde allí cooperó en el desarrollo del proceso legal que las comunidades indígenas y campesinas de las provincias de Orellana y Sucumbíos mantienen en contra de la Transnacional Chevron Texaco por el grave daño ambiental, social y humano causado. En el mes de junio de 2005, asumió directamente la defensa de los demandantes, en el juicio ya mencionado que se mantiene en contra de Chevron Corporation. Por su trabajo incansable en beneficio del medio ambiente, de un mayor respeto a los Derechos Humanos y a la justicia, en el año 2007 la cadena CNN lo reconoció como Héroe Mundial defensor de la Justicia. En abril del año 2008 recibió el Premio Medio ambiental Goldman que es considerado como el Premio Nóbel del ambiente.

Ha participado como conferencista en decenas de Universidades del Ecuador, Estados Unidos, varios países europeos y de América Latina, lugares donde ha expuesto sus ideas frente a la problemática ambiental, local y mundial; responsabilidad corporativa, deber ciudadano y responsabilidad de los Estados.


 Realizado por: Felicia Tavárez Suárez 

El 14 de febrero del 2011 es una fecha histórica en el escenario jurídico y social no sólo de Ecuador, sino para los ciudadanos de aquellos  países que a través de diversas formas padecen la vulneración de sus derechos. Ninguna transnacional tiene derecho a desplazarnos de nuestras comunidades, a lanzar desechos tóxicos y  ejercer la explotación de nuestros recursos naturales por medio de sus operaciones.
La sentencia emitida por la Corte Superior de Nueva Loja (Ecuador) estableció que Chevron debe pagar 9.510 millones de dólares al Frente de Defensa de la Amazonía, para la limpieza de las aguas subterráneas, entre otros aspectos.  La sentencia nos demuestra que es posible generar un cambio de paradigma para enfrentar a estas transnacionales. A pesar de que durante 14 años la corrupción, la complicidad y la falta de institucionalidad fueron parte de la justicia ecuatoriana las y los 30,000 indígenas y colonos de las comunidades afectadas decidieron luchar hasta el final por una causa colectiva y justa.
La sentencia Chevron- Ecuador nos reafirma el poder de transformación que tiene la abogacía y el hermoso compromiso de defender nuestros derechos. Tras 14 años de lucha Ecuador logra un precedente judicial transcendental en materia ambiental. 


Estamos hablando de la indemnización más alta jamás exigida por un delito medioambiental y este lunes  19 de septiembre del 2011  los demandantes han logrado una victoria, la Corte de Apelación de Estados Unidos anuló una sentencia que protegía a la petrolera para pagar la indemnización multimillonaria a los afectados.
Entrevista exclusiva para nuestro blog con el Dr. Pablo Fajardo, abogado principal de la causa de los indígenas caso CHEVRON-ECUADOR

1-Cómo y por qué se involucra en la representación del Frente de Defensa de la Amazonía en el caso Texaco-Chevron? ¿Cómo ha sido el proceso respecto al admirable nivel de empoderamiento que ha mostrado la comunidad?

Yo vivo en la zona afectada por las operaciones de Chevron desde hace 25 años. Conozco de primera mano el problema y la forma como la gente ha sido agredida. Soy testigo del atropello propiciado por la empresa en contra de la comunidad y de la ausencia del Estado en su capacidad de regulador y controlador. La gente por décadas vivió bajo el anonimato, nadie les escuchaba ni les hacía caso. Los problemas de salud, muertes de cáncer, pobreza, exclusión como consecuencia de la contaminación ambiental eran cada vez más graves. Al ser testigo de ésta realidad, me uní a mis compañeros a trabajar juntos con ellos para exigir mediante argumentos legales que se respeten los derechos de las personas y la naturaleza.

En muchas ocasiones, más que una conciencia colectiva, por la búsqueda del bien común es superada por la necesidad. Creo, que el éxito de que la gente se haya unido férreamente para luchar por la defensa de sus derechos es la necesidad; todos hemos comprendido que la única forma de poder enfrentar a una empresa poderosa, y de tener posibilidades de ganar, es trabajando en equipo, dejando de lado todos los intereses personales que puedan existir.

2-¿Cómo empieza el proceso judicial  contra  Texaco y posteriormente contra Chevron? ¿Por qué tuvieron que pasar 10 años para que la Corte de Apelaciones de Nueva York ordenara que el caso se conociera en la jurisdicción de la Corte Ecuatoriana?

Según la información final que logramos recabar, Texaco perforó 356 pozos petroleros, construyó más de mil piscinas, donde arrojaba sus desechos tóxicos, vertió al ambiente sin ningún tratamiento más de 18.000 millones de galones de agua de formación o agua tóxica.

Estos daños ambientales con consecuencias directas en la vida de los pobladores y más en la cultura de los pueblos indígenas, era cada vez más insoportable. La gente reclamaba, protestaba y exigía respeto, pero muy pocos les escuchaban. De pronto una abogada Norteamericana escribe un libro, titulado crudo amazónico, el libro fue publicado en ingles, en los Estados Unidos del Norte de América, fue allí que otros colegas abogados se interesan mayormente por el caso y se inició con la planificación de la demanda.

La demanda fue planteada ante un juez federal de New York en el año 1993. Chevron (Texaco) desde ese año hasta el año 2002, argumentó que Estados Unidos y más concretamente el Juez Federal de New York, no es un juez competente y no es el foro conveniente para procesar éste litigio, que si hay algún juicio, éste debe ser procesado en las cortes ecuatorianas. Chevron aseguró que las cortes de Ecuador eran capaces, competentes y que existía un sistema jurídico fuerte para tramitar éste juicio.

Pasamos nueve años batallando en las cortes de Estados Unidos, solamente peleando si el juicio debía ser procesado en Estados Unidos o en el Ecuador. Finalmente Chevron tuvo éxito, en última instancia, la corte Federal del Distrito Sur de New York, resolvió disponer que Chevron se someta a la jurisdicción de la justicia ecuatoriana; además esa misma corte se comprometió a hacer cumplir con lo que resuelva la justicia de Ecuador y concedió un año de plazo para que los afectados planteen sus acciones jurídicas en las cortes del Ecuador.

En conclusión, el juicio tardó diez años, pero debido a los obstáculos y obstrucciones a la justicia que implementó Chevron ante las cortes de los Estados Unidos.

3- ¿Cuáles normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano y convenios internacionales ha violado Chevron-Texaco?

En el Ecuador, desde los años 70 existen una serie de leyes que regulan y prohíben de forma absoluta la contaminación ambiental, principalmente en las fuentes de agua. Por ejemplo consta el Código de la salud, vigente desde el año 1972; la ley de Aguas, vigente desde al año 1972, la ley de Prevención y control de la Contaminación Ambiental, vigente desde el año 1976, la Ley de Hidrocarburos, en su Art. 29 y posteriormente 31 prohibía en forma absoluta la contaminación del suelo y el agua.

Adicionalmente en el mismo contrato de trabajo de la empresa se le prohibía contaminar las fuentes de agua y se le obligaba a utilizar la mejor tecnología para no contaminar el ambiente. Todas ésta normas internas del ecuador fueron violadas por las operaciones de la empresa. En el contexto de los instrumentos jurídicos internacionales, tenemos los convenios de los Derechos Civiles, Políticos, Económicos, sociales y Culturales, de las Naciones Unidas. Además existían otros instrumentos no vinculantes, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración de Estocolmo; instrumentos que pese a no ser vinculantes forman parte de las bases o cimiento de la normatividad ambiental planetaria.

 Adicionalmente el contrato firmado entre Texaco (Chevron) y el Estado ecuatoriano en el año 1964 y 1973 establecía que la petrolera debía utilizar la mejor tecnología y no contaminar las fuentes de agua y el suelo, para no afectar la salud humana. Todas éstas normas, nacionales, internacionales y algunas vigentes en los Estados Unidos, sitio de origen de la empresa, más la parte contractual fueron violadas abiertamente por la empresa operadora.

4-  ¿Cómo evalúa el contenido de la sentencia? ¿Cuáles categorias de daño ambiental no fueron contempladas en la sentencia?

El contenido de la sentencia es súper positivo, por lo visto el Juez hizo un trabajo muy profundo en tratar de entender la problemática ambiental y sus externalidades. En el Ecuador y en el mundo existen jueces que no comprenden adecuadamente todo lo que implica el daño ambiental, muchos se limitan únicamente a la parte física o química, es decir que catalogan como daño ambiental el sitio donde cayó el producto tóxico, derrame de hidrocarburos, o el área de suelo que ha sido alterada.

En éste caso, el Juez ha comprendido bastante bien el concepto de daño ambiental y en su sentencia ha incluido elementos que no son daños ambientales directamente, pero que son consecuencias del daño ambiental propiamente dicho. Por ejemplo, el daño a la salud humana, daño a la cultura de los pueblos indígenas, daño o afectación a la economía de la población, entre otras cosas; todas esas categorías de daño ambiental han sido incluidas y analizadas por el juez Nicolás Zambrano en su sentencia.

Sin embargo, es evidente que aún se le quedaron algunas categorías de daño ambiental fuera, que no las consideró principalmente en la valoración económica para reparación. Existe otro elemento importante en la sentencia, que es la disposición que la petrolera Chevron pida disculpas públicas a las víctimas por el abuso del derecho y haber afectado a la población. En caso de no pedir disculpas públicas la empresa deberá pagar el doble de la multa establecida por el juez. Otro elemento importante de la sentencia del juez Zambrano es la disposición para que se cree un fideicomiso, esa figura daría garantía para que se cumpla con su orden en cuanto a la reparación del daño, es más el mismo juez estableció los distintos rubros que deben cancelarse y en lo que deben ser invertidos.

5-La empresa Chevron ha reaccionado con mecanismos legales en distintos escenarios: Ante la Corte de Arbitraje de la Haya y ante la Corte Federal de Nueva York ¿En qué medida han afectado estas herramientas utilizadas por Chevron al proceso que se lleva en Ecuador ? ¿Cuál ha sido su postura como abogado de la parte demandante?

Las acciones jurídicas de Chevron en el exterior, no son nuevas. Recordemos que éste litigio lo iniciamos en la Corte de New York en el año 1993. Desde ese año hasta el año 2002, Chevron estuvo alegando y pidiendo que el juicio sea procesado en las Cortes de Ecuador. Una vez que el proceso en Ecuador se inició y dentro del proceso se ha probado el daño ambiental causado por Chevron, la responsabilidad de la empresa sobre ese daño, Chevron inició un fuerte trabajo en cortes de arbitraje internacional y de los Estados Unidos, todo con el fin de buscar neutralizar el proceso judicial de Ecuador. Además Chevron ha realizado una presión jurídica, política, económica y comercial en contra del Estado Ecuatoriano, todo con el fin de obligar al Gobierno a interceder en el juicio a favor de la empresa y dejar en completa indefensión a las víctimas de las operaciones de Chevron.

Chevron no puede negar ni probar su inocencia en el crimen cometido, ante esa incapacidad para demostrar su inocencia ha optado por implementar toda una campaña para desprestigiar al sistema jurídico ecuatoriano y convencer a los jueces norteamericanos y del mundo que la justicia en el Ecuador no sirve, no es capaz y es politizada.

Nuestro rol ha sido el de demostrar que existe un crimen ambiental real y que es Chevron la empresa responsable, además que el juicio sea procesado ante las cortes que Chevron pidió y que éste es el juicio más público y transparente que se ha desarrollado en la historia del Ecuador.

6-  Chevron no tiene activos en Ecuador ¿Cuáles herramientas podrían emplearse para hacer cumplir la sentencia contra la empresa?

Es verdad, Chevron no tiene inversiones en el Ecuador, pero tiene inversiones en más de 50 países alrededor del mundo y en muchos de esos Estados puede ser plenamente ejecutada la sentencia. Nosotros esperaremos a tener una sentencia de última instancia, que sea ejecutable para ir a cualquiera o a varios de esos Estados y solicitar todas las medidas cautelares necesarias a fin de lograr que Chevron pague la sanción que se le ha impuesto, en caso que sea ratificada en lo posterior. Chevron ha dicho que no van a pagar; debo decir que todas las personas y empresas están sometidas a cumplir con los sistemas jurídicos que rigen en cada Estado y con normas internacionales, Chevron no es la excepción.

7- ¿Cuáles desafíos  enfrenta Latinoamérica respecto al escenario ambiental? ¿Cuáles son sus perspectivas jurídico-sociales en relación a las actitudes que tienen estas multinacionales en América Latina?

La historia de América Latina está marcada por la vivencia colectiva de patrones de conducta de dominio, tanto en lo político, económico, social y legislativo. Si usted realiza una comparación del sistema jurídico de los distintos países de América latina, se dará cuenta que en la parte ambiental tenemos una realidad muy parecida, solo se reflejan pequeñas diferencias.

El problema que tenemos en América latina, por no decirlo en todo el mundo, es que hasta ahora son las empresas económicamente poderosas, las que determinan el modelo económico, legislativo, judicial y político que se debe aplicar. Los organismos supranacionales están sometidos a los intereses y criterios del sector empresarial, recordemos brevemente lo ocurrido en las últimas cumbres ambientales de las Naciones Unidas. Igualmente recordemos el desastre de la empresa petrolera BP en el Golfo de México; el Estado Norteamericano permitió a la empresa operar sin tener en cuenta todos los criterios técnicos, sabiendo que existía un riesgo.

Finalmente el interés y fuerza de la empresa y la debilidad del Estado ante la empresa es lo que provocó el desastre, que pudo evitarse si se obligaba a la BP a actuar de forma adecuada y técnica. Ese hecho nos da la pauta de cómo están las cosas en el mundo entero y en América Latina en concreto. Sin embargo, no creo que debamos seguir en una vieja cantaleta de tirar la culpa a un sector de la sociedad.

Creo que el reto que tenemos en América latina es buscar los puntos de interés colectivo y trabajar por intereses compartidos; y, para esto considero que deben ocurrir al menos cuatro cosas básicas:
a. Fortalecimiento del sistema jurídico.- Es necesario que nuestros sistemas jurídicos estén más acorde con la realidad social, económica, empresarial y ambiental.
b. Fortalecimiento de los Estados en su capacidad de control.- En muchos Estados, como Ecuador por ejemplo existen normas suficientes para controlar, prevenir o evitar los desastres y daños ambientales, pero los Estados son incapaces de controlar adecuadamente y de exigir a las empresas, sean éstas públicas o privadas de capital nacional o extranjeras a cumplir de forma adecuada con las normas y reglas de juego.
c. Educación ciudadana-colectiva.- En ésta gran cruzada por la vida debemos participar todos y todas. Se debe aplicar el principio de la responsabilidad compartida pero diferenciada. Creo que si todos nos educamos sobre el valor real del ambiente, de la naturaleza, de la cultura de los pueblos, podemos entender mejor, que el desarrollo no es únicamente crecimiento económico. El desarrollo es integral y holístico y es donde debemos trabajar.
d. Cambio de actitud.- Finalmente necesitamos un cambio de actitud integral; no es conveniente seguir pensando en que el responsable del daño ambiental, de la pobreza o de las injusticias es únicamente el otro/a. Debemos asumir con responsabilidad que todo somos responsables del problema; y, por lo tanto todos debemos ser responsables de la solución de nuestros problemas. En conclusión necesitamos cambiar nuestra actitud ante la vida, el planeta y la realidad.

Creo que si en forma colectiva desarrollamos una agenda colectiva, que tienda a buscar el desarrollo integral, basado en el respeto al ambiente y a la humanidad, en el cual las empresas trabajen, produzcan y crezcan económicamente, pero respetando los derechos humanos y al ecosistema, podemos pensar en una vida más digna y justa.

8- La República Dominicana ha tenido conflictos ambientales principalmente con  la multinacional Barrick Gold, dedicada a la extracción de oro y acusada de implementar métodos lesivos para el medio ambiente, a través de mecanismos legalmente sancionados. Desde su rol como: Ciudadano y profesional de la Ciencia Jurídica ¿Cuál sería su mensaje para nuestro país, y específicamente para la comunidad afectada?

No conozco el problema por lo tanto me veo muy limitado a hablar sobre un tema que no conozco. Sin embargo, una realidad es que siempre y en todos los países se impone el interés por el factor económico antes que la racionalidad. Conozco lugares, hermosos en muchos Estados de América Latina, sitios que por desgracia, han albergado metales o minerales preciosos, que han sido la causa de la destrucción culturas únicas.

En algunos casos he llegado a sugerir, que se hagan estudios de factibilidad económica integrales, para que el Estado y la sociedad puedan conocer, finalmente que les puede representar más y mejores beneficios. En muchas ocasiones esos recursos naturales son extraídos del área y del territorio de ese Estado, por lo que los beneficios no quedan allí. En una ocasión yo mismo hice una revisión de información de varios de los lugares más pobres de Ecuador, Perú y Bolivia, y resulta que los sitios más pobres de esos países eran exactamente los sitios de donde por dos tres, cuatro o más décadas, se habían estado extrayendo algún recurso natural.

Es decir, que normalmente las poblaciones más pobres son las que viven más cerca de las “riquezas”. Como dije al inicio, no conozco ésta realidad, pero recomendaría que se hagan estudios de factibilidad económica integrales, estudios ambientales y de existir responsabilidades o de verse que el perjuicio puede ser mayor que el beneficio, es recomendable exigir a los Estados que no permitan el desarrollo de tales actividades.




  • Digg
  • Del.icio.us
  • StumbleUpon
  • Reddit
  • RSS

Las fórmulas penales en la criminalidad juvenil ¿Seguridad jurídica o populismo punitivo?




En las distintas sociedades latinoamericanas se ha pretendido buscar “soluciones” a las problemáticas sociales y jurídicas que emanan de las denominadas; pandillas, Maras, Hooligan, entre otros calificativos enlazados a este tipo de organizaciones donde una gran cantidad de sus integrantes son adolescentes y grupos juveniles dedicados a materializar hechos delictivos. En el caso de la República Dominicana el tema de la criminalidad juvenil o delincuencia juvenil ha cobrado recientemente una notable preponderancia, sin embargo, en los distintos escenarios hay diversidad de  tendencias, pero una errada concepción de nuestra realidad social y de las técnicas jurídicos-sociales, para contrarrestar esa problemática.

En nombre de la “seguridad ciudadana” o la “seguridad jurídica” se ha pretendido buscar fórmulas penales y medidas coercitivas que en esencia carecen de respuestas técnicas, que no están fundamentadas en verdaderas garantías procesales y en un sistema penal eficiente al momento de erigir las normas, así como en su aplicación en los distintos escenarios. Para una problemática compleja como lo representa el creciente número de menores de edad que incurren en actos delictivos, en la sociedad dominicana se ha querido mantener un discurso con propuestas aventuradas, mostrando un marcado desdén hacia un ordenamiento penal que responda a la realidad social.

Realizando una introspectiva estadística por las diferentes sociedades latinoamericanas la delincuencia juvenil en los últimos años ha aumentado en más de un 30% comprendiendo las edades de 16 a 19 años de edad. La UNICEF en diferentes estudios ha establecido que: “En América Latina los institutos de internación alcanzan a cubrir solamente el 4.5% del fenómeno de los llamados menores de edad en "situación irregular". De lo que se desprende que, además de sus desventajas y efectos negativos (tales como el de "prisionización" y "rotulamiento" de los niños/as), los institutos de internamiento no son la solución posible hacia la que los países en vías de desarrollo podrían orientarse." Los acontecimientos suscitados recientemente en la República Dominicana respecto a la criminalidad juvenil han hecho despertar a un populismo punitivo que plantea respuestas súbitas, abrazando la irracionalidad jurídica cuando establece mecánicos como; un sistema penal con un mayor grado de represión, viendo de manera radical a los individuos como “peligrosos” más que como ciudadanos y ciudadanas .( Para entender a mayor profundidad el último planteamiento ver: El Derecho Penal del enemigo, del Prof. Gunther Jakobs).

La teoría denominada “indiferencia de las sanciones” desarrollada por connotados criminólogos se encarga de desmontar el argumento simplista que plantea: “A mayor pena menor delincuencia”. La teoría (La indiferencia de las sanciones) ha demostrado que las diferentes sanciones que se han empleado en la normativa penal a través de los años no han sido suficientes, es decir, han sido deficientes en la disminución de la delincuencia juvenil. Lo que plantea la teoría en concreto es lo siguiente: “Las razones por las cuales las personas deciden realizar hechos delictivos son otras, y la pena prevista en la ley cuenta sólo algunas veces para determinar los costos del hecho (riesgo), como ocurre en materia de drogas, homicidio, o en delitos como el aborto”.

Debemos considerar que la eficiencia del Derecho Penal no se mide por la cantidad de reformas y mecanismos jurídicos, entendemos que mientras el nivel de analfabetismo en los menores de edad, la baja calidad en el sistema educativo dominicano y la falta de políticas públicas pertinentes estén presentes, pero sobre todo mientras la sanción adecuada, la prevención y la rehabilitación no sean parte inherente de nuestro sistema penal, estaremos lejos de una solución seria ante ese desafío. Las “fórmulas penales” enlazadas al populismo punitivo son las causantes de generar escenarios irracionales y abundantes planteamientos simplistas. Como parte de la solución a la delincuencia en general, pero en este caso a la delincuencia juvenil es perentorio contar con un aparato policial capacitado y especializado, con instituciones que adopten un discurso más que represivo, preventivo, y diseñar directrices que aporten soluciones viables apartándose de un sistema tradicional que no ha dado resultado.

Concluyendo:

•Seguimos cuestionando al sistema penal que basado en la idea de represión pretende generar regulación en los escenarios jurídico-sociales.

•No sólo se trata de que a estos infractores(as), imputados(as), o acusados(as) se les impongan la sanción contemplada en la normativa penal, se trata de contar con una garantía real en su reinserción social.

•Necesitamos un ordenamiento jurídico que responda a nuestra realidad social, es decir, hacer un ejercicio pragmático de esa realidad.

•Reafirmamos que ante la problemática de la delincuencia juvenil las “fórmulas penales” empleadas han sido además de insuficientes carentes de un discurso técnico e integral,  mientras tanto coincidimos con lo planteado por el Dr. Nicolás Espejo: “Para problemas complejos no existen respuestas rápidas, ni recetas mágicas y quienes dan recetas mágicas es porque no tienen la respuesta técnica”

Autora: Felicia Tavàrez Suárez 

  • Digg
  • Del.icio.us
  • StumbleUpon
  • Reddit
  • RSS